DECOMISO DEL VEHÍCULO POR CONDENAS DE TRÁFICO

El Código penal prevé endurecer el castigo por el alcohol y la velocidad

Ningún conductor podrá negarse al test de drogas con la reforma del Código Penal que se tramita en el Congreso. será obligato

Más mano dura contra los abusos al volante. La asociación de defensa de conductores Automovilistas Europeos Asociados (AEA), alertó ayer de que los conductores condenados por excesos de velocidad, de alcohol o por circular sin carné se quedarán sin coche. Así está previsto en el proyecto de reforma del Código Penal que se tramita ahora en el Congreso de los Diputados y que está pendiente de la aprobación del Pleno de la Cámara.

Hasta ahora, el decomiso del vehículo solamente estaba previsto para los conductores kamikazes, sin embargo, la medida también se aplicará a todos los delitos contra la seguridad vial si sale adelante la reforma prevista.

Es decir, circular en vía urbana 60km/h por encima de lo permitido o 80km/h más en vía interurbana no solo llevará aparejadas penas de prisión de tres a seis meses o la multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, también se le quitará al infractor el carné de uno a cuatro años y la novedad ahora es que la Administración le incautará el coche.

Lo mismo le ocurrirá a aquellos que conducen bajo los efectos del alcohol y de las drogas. En el caso de la bebida, en concreto, cuando la tasa de alcohol en aire espirado sea superior a los 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre por encima de 1,2 gramos por litro. El proyecto de ley también incorpora como novedad la obligación de someterse a las pruebas de detección de drogas mediante test de saliva. El negarse a someterse a una de estas pruebas o a la de alcoholemia ya suponía pena de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años. Con la reforma, también se decomisará el coche.

Desobediencia
Hasta ahora, la saliva era considerada un fluido corporal y no podía obligarse a un conductor a someterse a una prueba, salvo que existiera autorización judicial. Con la modificación que se quiere abordar se considera un delito de desobediencia.

Sin coche también se verán los que conducen sin carné, además de la pena de cárcel correspondiente de tres a seis meses o la de multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Automovilistas Europeos Asociados ha expresado su opinión desfavorable sobre las modificaciones que se quieren introducir en el Código Penal. Considera «desproporcionada esta medida cuando se trata de instrumentos que no provienen de un delito, como pudiera ser el caso de tráfico de drogas, o de robos, en los que sí consideramos que está justificado».

Su presidente, Mario Arnaldo, asegura que «si lo que se persigue es una medida precautoria y cautelar para evitar que se pueda utilizar temporalmente un vehículo mientras alguien está privado de conducir, o sometido a cualquier programa de alcohol o drogas, lo que habría que regular no es el decomiso, sino el depósito». En opinión de Arnaldo, «esta es una figura más adecuada para los supuestos de los que hablamos, ya que permite recuperar la posesión del vehículo una vez que el automovilista ha pagado su deuda con la sociedad».
Casi un millar de coches
De estar vigentes estas reformas legales, la Administración habría decomisado, al menos, más de 800 vehículos de los conductores que están en la cárcel por reincidir en delitos contra la seguridad vial según los datos de Instituciones Penitenciarias a fecha de febrero de 2010. No obstante, la cifra sería mucho más alta, ya que no todos van a prisión y, cuando no hay antecedentes penales, la pena de cárcel es sustituida por multa y trabajos en beneficio de la comunidad.

El alcohol causa más problemas a los conductores españoles que la velocidad. Según los últimos datos de Prisiones, a fecha del 18 de marzo pasado, el 62% de los condenados a cárcel fueron por exceder los límites de alcohol al volante. El 31% fue sentenciado por conducir sin carné, mientras que el 4,2% incurrió en graves excesos de velocidad.

- ¿Quién podría quedarse sin coche?
–Aquel conductor que se niegue a someterse a la prueba de alcoholemia o de drogas o el que sea sorprendido en un control rutinario con una tasa mayor de 0,6 miligramos. En la misma situación se vería quien por ejemplo, donde existe un radar y la velocidad está limitada a 70 km/h, fuese sorprendido a 151 km/h.

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